ABOGACÍA ORAL vs ABOGACÍA ESCRITA: ¿Puede la palabra escrita sustituir a la voz?

El desafío central: captar y mantener la atención

Hay una diferencia esencial entre la abogacía oral y la escrita, que radica en las posibilidades de captar y sobre todo mantener la atención de la audiencia relevante, es decir, juez, tribunal, relator, secretario, jurado, etc.

En el proceso oral esa audiencia está cautiva, ya que básicamente no puede hacer otra cosa que presenciar la exposición del abogado.  En cambio, ante un escrito cualquier interrupción -voluntaria o no- automáticamente fagocita la pieza más enjundiosa y enmudece al abogado más elocuente.

Ventajas y riesgos de la abogacía oral

La oralidad aporta espontaneidad, lenguaje no verbal, inmediatez y un tono más conversacional y directo. Esto le da al abogado herramientas adicionales: puede “leer” las reacciones del auditorio, adaptarse en tiempo real y enfatizar lo que le parece importante.

Naturalmente, también conlleva dificultades, como el nerviosismo del expositor, el peligro de tener que improvisar, las objeciones de la contraparte, las preguntas (por lo general difíciles) del tribunal y, especialmente, el riesgo de que, sin los límites que impone un texto escrito, la exposición se desdibuje.

Fortalezas y límites de la abogacía escrita

Por su parte, en el procedimiento escrito la presentación es más precisa, estructurada y formal. Su mayor fortaleza es que permite una revisión cuidadosa, lo que resulta en un producto más elaborado.

Los inconvenientes consisten en la exigencia de una redacción técnicamente correcta, la virtual imposibilidad de corregir errores una vez presentado el escrito y, sobre todo, la carencia de los recursos expresivos de la oralidad.

En algunas ocasiones se puede combinar lo mejor de ambos mundos, como cuando las normas procesales permiten un informe in voce acompañado de una pieza escrita (o, a la inversa, la pieza escrita presentada mediante un informe oral), pero estas situaciones suelen ser menos frecuentes.

¿Se puede escribir como se habla?

No, no es posible trasladar a la abogacía escrita todos los recursos disponibles en la oral. La voz, el contacto visual, el lenguaje corporal, el aplomo, la gestualidad, la improvisación y la conexión directa con el auditorio son imposibles de replicar en un escrito. Más aún, en el procedimiento escrito el auditorio puede “fugarse” en cualquier momento con solo cerrar el expediente, atender el celular, levantarse para tomar un café… y ahí desaparecen el juez, el abogado y hasta el caso.

Sin embargo, sí existen herramientas de la escritura jurídica que, bien utilizadas, pueden cumplir funciones similares de informar, involucrar y persuadir al lector. Son cuatro: la estética del texto, su estructura lógica, la claridad del lenguaje y ciertos recursos retóricos.

Cuatro herramientas clave en la abogacía escrita 

  1. Estética del texto: la primera impresión cuenta

La estética del texto es el punto inicial para abordar porque es precisamente lo primero que ve el lector. Esto involucra a todos los elementos habituales de edición: tipo y tamaño de letra, márgenes, sangrías, espaciado, mayúsculas, minúsculas, negritas, cursivas, títulos, subtítulos, extensión de los párrafos, etc.

Se trata, en definitiva, de todo lo que facilita la visibilización de lo que se quiere decir. Ya que no podemos pararnos frente al juez y decirle “esto es lo importante”, por lo menos debemos facilitarle la lectura para dirigir su atención a lo que nos interesa particularmente.

  1. Estructura lógica: que el cerebro también vea

De lo visual hay que pasar al contenido, y aquí interesa la estructura lógica de la presentación. En el párrafo anterior se persigue que el auditorio vea con los ojos; aquí, que lo haga con el cerebro.

Para ello primero hay que identificar el o los temas centrales, es decir, cuál es el problema concreto que convoca, los argumentos principales, los valores involucrados y, en general, el leitmotiv o hilo central recurrente del asunto en cuestión.  Luego hay que ordenar metódicamente las distintas partes del texto, y particularmente qué se pide, cuáles son los hechos y cuáles son los argumentos. Con ese mismo fin también es útil introducir al comienzo un anticipo resumido del caso, describiendo brevemente de qué trata el conflicto y qué se argumentará.

  1. Claridad del lenguaje: escribir para ser entendido

Aquí se aplican todos los cánones habituales de la buena redacción: evitar oraciones y párrafos demasiado largos, tratar de simplificar un poco el lenguaje aproximándolo al corriente (pero sin caer en coloquialismos), usar la voz activa, evitar el palabrerío, suprimir repeticiones innecesarias (es decir, las que no sirven a un fin retórico), acercar lo más posible sujeto y predicado, identificar claramente las partes y los hechos, definir términos técnicos, organizar la exposición con un sentido lógico (lo que ya fue señalado en el párrafo anterior), etc.

Una narrativa clara, vívida y humanizada permite que el lector conecte con los hechos y comprenda su relevancia.

  1. Recursos retóricos: técnicas para persuadir

Finalmente están las técnicas para ilustrar, involucrar y persuadir al lector.  Una herramienta es explicitar los valores en juego. Otra es la repetición retórica, literal o reformulada, para asegurarse de que el destinatario reciba y retenga el mensaje.  También están las preguntar retóricas, donde la respuesta no la da el autor, sino que se la provoca en el lector, como medio para estimular su reflexión e comprometerlo en la conclusión propiciada.

Estas técnicas ayudan a que el mensaje no solo sea leído, sino también internalizado.

Conclusión: hacer que el texto hable

 La finalidad de estos cuatro instrumentos es tratar de superar las restricciones que enfrenta la exposición escrita en comparación con la oral. Como en el proceso escrito no es posible plantarse frente al juez, mirarlo fijamente a los ojos y decirle “esto es lo importante, esto otro es lo crítico, y aquello es lo justo”, hay que recurrir a estos cuatro medios para tratar de lograr el mismo cometido de informar, involucrar y persuadir al destinatario: el texto debe ser presentado en forma tal que la atención del lector se dirija a lo que es realmente importante y lo pueda ver y entender, para que finalmente adopte la conclusión que se le está proponiendo.

Advertencia final: evitar excesos

En el texto escrito hay que evitar excesos gráficos y emocionales.

Los excesos gráficos consisten en la proliferación de mayúsculas, negritas y cursivas, y la repetición de signos de exclamación e interrogación, que solo sirven para transformar al texto en un cocoliche escrito.

Los excesos emocionales son la exaltación, los lamentos, el tono quejumbroso o plañidero, la vehemencia desmedida, el crescendo pasional. Aquí hay que tener en cuenta que un tono que es aceptable y eficaz en la exposición oral fácilmente puede parecer ridículo o inapropiado cuando es utilizado en una página escrita.

En el texto jurídico la sobriedad no es solamente una manifestación de elegancia sino también de seriedad y eficacia.

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